El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) informó que a partir de mañana lunes 27 de febrero, habilitan oficialmente el periodo de difusión de la propaganda electoral en la vía pública de los candidatos a las elecciones generales del próximo 30 de abril.
Estas propagandas estarán vigentes hasta el 27 de abril a las 23:59, 48 horas antes de los comicios, fecha en la cual quedará prohibido cualquier tipo de publicidad.
De acuerdo al artículo 324 del Código Electoral, la sanción por propaganda electoral extemporánea es equivalente a una multa de 100 jornales mínimos.
Además, entre las prohibiciones anunciadas por el TSJE, recuerdan que no se puede difundir propaganda electoral en lugares no permitidos por ordenanza municipal, edificios públicos o monumentos, puentes, pavimentos o señales de tránsito.