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Aumento de penas para homicidios culposos en accidentes de tránsito tuvo dictamen de rechazo

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Los integrantes de la Comisión de Legislación y Codificación que preside el diputado Jorge Ávalos Mariño (PLRA-Paraguarí) resolvieron recomendar al pleno de la Cámara Baja el rechazo del proyecto de ley que modifica y amplía el artículo 107 de la Ley N° 1.160/1997, “Código Penal”.

La normativa es impulsada por parlamentarios de diferentes bancadas, los que, a través de la modificación del citado artículo, pretenden que los homicidios culposos en los accidentes de tránsito sean castigados de manera más dura, si el conductor está alcoholizado.

Aquella persona que por acción culposa causara la muerte de otra debe ser castigada con pena privativa de libertad de hasta cinco años o multa, refiere la actual norma.

El titular del bloque explicó que este documento busca que el que condujera en la vía pública y a consecuencia de la ingestión de bebidas alcohólicas, o carecer de licencia de conducir, se encuentre inmerso en estos casos, tenga una pena de un mínimo de tres y un máximo de ocho años.

“Solicitamos el parecer del Ministerio Público y de la Comisión Nacional de Reforma del Código Penal y recibimos respuestas por el rechazo. Argumentaron que cuando sucede más de un hecho punible ya está legislado en el Código Penal. Agravar una pena en un accidente de tránsito, o por carecer de registro, pasarlo a ocho años, es una cuestión que no resulta razonable, por lo que recomendamos el rechazo”, informó el diputado Ávalos Mariño.

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