El Viceministerio de Transporte emitió el día de la fecha la Resolución GVMT Nº 40/2021, por la cual se modifican los artículos 3 y 4 de la Resolución GVMT Nº 38/2021, que establecen las frecuencias y el límite de pasajeros, respectivamente, en el Servicio de Transporte público del área metropolitana, en el período comprendido desde el lunes 29 de marzo hasta el domingo 4 de abril.
La Resolución también dispone que quedará ampliado el límite de ascenso y transporte de pasajeros a la capacidad de asientos disponibles en la unidad y hasta cinco pasajeros parados en minibuses, y hasta 10 pasajeros parados en buses urbanos grandes, durante la vigencia de esta Resolución.
Además de estas disposiciones, continúan vigentes la obligatoriedad de uso de mascarillas por parte de conductores y pasajeros, así como la limpieza de todas las unidades al inicio y finalización de cada redondo realizado. Además, se recomienda a los permisionarios, la colocación y uso de dispensadores de alcohol en gel o similares en todas las unidades, para colaborar en la higiene de manos de pasajeros y conductores.
El incumplimiento de estas disposiciones será considerado como falta gravísima y pasible de sanción por parte del Viceministerio de Transporte. Insta a los usuarios a extremar las medidas de prevención a fin de disminuir el riesgo de contagio del coronavirus.