Esta mañana, el ministro de Salud indicó cuáles son los medicamentos cancelados en relación a la sanción establecida a la empresa Imedic y aclaró que existen diferencias con los medicamentos que fueron aprobados para su distribución en el IPS. Con esto, estaría habilitando a dicha empresa, investigada por la Fiscalía, a que siga operando, a pesar de los malos antecedentes.
La sanción se enmarca en la Ley 1119/97 art. 43, la cual estipula la cancelación de los registros sanitarios y que en base a la Resolución A. J. N.º 818, están identificados como:
RS N.º 17020-02-EF: LETROZOL 2.5 mg
RS N.º 17011-02-EF: PIPERACILINA 4 G + TAZOBACAN 500 mg
RS N.º 16749-02-EF: ENOXAPARINA SÓDICA 40 mg/0.4 ml
RS N.º 18537-01-EF: ENOXAPARINA SÓDICA 60 mg/0.6 ml
RS N.º 18453-01-EF: ENOXAPARINA SÓDICA 80 mg/0.8 ml
Todos estos están registrados por la firma Imedic S. A.
Esta resolución también estipula el retiro del mercado y la disposición final de los productos mencionados precedentemente, bajo directivas y control de la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria. Igualmente, se procederá a la verificación y presentación de informe sobre el cumplimiento de las buenas prácticas de Fabricación y Control, así como de Distribución.
Por otro lado, y consultado sobre los medicamentos que fueron autorizados para ser recibidos en el IPS, el titular de salud mencionó que las mismas no tiene relación con el lote sancionado, tal como figuran en la Resolución A.J. N.º 675.
ERITROPOYETINA 4000UI INY
MICOFENOLICO ÁCIDO 360 mg COM
PARACETAMOL 1g INY
MULTIVITAMINAS PEDIÁTRICAS
MULTIVITAMINAS INTRAVENOSA
HIERRO SACARATO 100mg (FE ELEMENT) INY
Con esta aclaratoria el Ministro Mazzoleni manifestó que se encuentra abierta una investigación en la fiscalía y que estas acciones no se contraponen la una a la otra. Igualmente, refirió que las prácticas mal intencionadas no quedarán impunes. “Mientras esté frente la cartera sanitaría no habrá ningún caso de impunidad”, sentenció.