Ayer, luego de un debate, la Cámara de Senadores aprobó el proyecto que establece el uso obligatorio de tapabocas en lugares cerrados con más de cinco personas y con multas que podrían superar, incluso, los G. 500.000.
La Cámara Alta sancionó el proyecto de ley “Que dispone la obligatoriedad temporal del uso de mascarillas higiénicas o de elementos de protección que cubran la nariz, boca o mentón, y del cumplimiento de las medidas de protección contra el COVID-19”, en la que se contempla la utilización de tapabocas de todas aquellas personas de seis años en adelante en lugares cerrados, sean públicos o privados, en donde exista un número mayor a cinco personas y cuya distancia sea menor a 1,5 m.
Los lugares o e establecimientos de salud, públicos y privados; de educación básica, media y superior; centros comerciales, hoteles, farmacias, bibliotecas y comerciales o sociales similares de libre acceso al público, iglesias, restaurantes, casinos y actividades similares; gimnasios; lugares donde se fabriquen, depositen o manipulen productos, medicamentos o alimentos, entre otros.
El proyecto aclara, también, la obligatoriedad del uso de tapabocas en aquellos lugares abiertos en los que no haya posibilidad de mantener una distancia de 1,5 metros. La excepción a la regla se regirá para aquellas personas que tengan contraindicado por motivos de salud debidamente justificado o personas con discapacidad que haga inviable su utilización.