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Juez Estigarribia rechaza incidente de nulidad sobre la causa a Wilfrido Cáceres

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El juez Rodrigo Estigarribia no hizo lugar al incidente de prejudicialidad planteado por la defensa Wilfrido Cáceres, exjefe de Gabinete de la Municipalidad de Asunción, imputado por enriquecimiento ilícito y lavado de activos.

De igual manera, no hizo lugar al incidente de nulidad de notificación planteado por la defensa de Camila Montserrat Ramírez Gómez, en la misma causa.

Cabe recordar que la prejudicialidad planteada por Cáceres tiene que ver con examen de correspondencia de la Contraloría General de la República y cuyo dictamen sirvió para impulsar la causa penal que hoy lo tiene como imputado por enriquecimiento ilícito y lavado de activos.

Según la defensa, el examen de correspondencia válido debe ser necesariamente firmado por el Contralor General de la República y no por cualquier funcionario.

En su contestación, el fiscal Silvio Corbeta apunta que prejudicialidad no corresponde debido a que la normativa “no requiere que se resuelva una cuestión previa para la configuración del delito investigado, además existen varios elementos que indican su existencia, por lo tanto, la promoción de una acción de inconstitucionalidad no tiene la entidad de suspender o paralizar el presente proceso, y mucho menos ser motivo de una prejudicialidad, debido a que, a prima facie, se dan los presupuestos objetivos del tipo penal imputado.”

Por tanto, no se dan los presupuestos requeridos por el art. 327 del CPP para que sea declarada la prejudicialidad. No existe ningún incumplimiento normativo de las normas relativas al trabajo realizado por la CGR, el cual fue realizado dentro del marco de lo previsto en la Constitución Nacional y en las leyes.

En otras palabras, el examen de correspondencia es un elemento sospecha que no afecta a los elementos constitutivos del tipo penal de Enriquecimiento Ilícito pues, si bien es una dato, no es suficiente para confirmar la punibilidad de una persona.”

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