La agente fiscal Belinda Bobadilla, imput贸 a la senadora Mar铆a Eugenia Bajac ante elementos de convicci贸n que indicar铆an la existencia del supuesto hecho punible de violaci贸n de cuarentena sanitaria; as铆 como de tentativa de lesi贸n grave, conforme al art. 112 inc. 2 del c贸digo penal, en calidad de autora.
La se帽ora Mar铆a Eugenia Bajac de Penner habr铆a hecho un viaje a Per煤 y a su retorno al Paraguay en fecha 16 de marzo de 2020 y tras su retorno, habr铆a tomado conocimiento que un miembro de la delegaci贸n que estuvo con ella en el viaje, hab铆a dado positivo a Covid-19.-
En fecha 18 de marzo de 2020, la se帽ora Mar铆a Eugenia Bajac de Penner habr铆a presentado dolor de cabeza migra帽osa, tos y dolor de garganta, seg煤n la misma lo refiri贸 al tomar contacto, el d铆a 30 de marzo, el servicio de respuesta r谩pida de la Direcci贸n General de Vigilancia de Salud.-
Al d铆a siguiente, martes 31 de marzo de 2020, la se帽ora Mar铆a Eugenia Bajac de Penner habr铆a acudido a diversos lugares de acceso p煤blico y luego se le habr铆a realizado la toma de muestra por hisopado nasofar铆ngeo para COVID-19; y se le habr铆a dicho que no deb铆a salir de su domicilio hasta tanto tuviera el resultado del estudio.-
Sin embargo, el d铆a mi茅rcoles 1 de abril de 2020, la senadora Mar铆a Eugenia Bajac de Penner habr铆a acudido a la sesi贸n extraordinaria de la C谩mara de Senadores, convocada para las 09:00 hs.; y en las 煤ltimas horas de la tarde, se le habr铆a confirmado de la Direcci贸n de Vigilancia de Salud como caso confirmado de COVID-19.-
De la relaci贸n f谩ctica antes mencionada surge la comisi贸n del supuesto hecho punible de violaci贸n de vedas y cuarentenas sanitarias, de tentativa de lesi贸n grave, conforme al art. 112 inc. 2掳 (dolo eventual) en concordancia con el 1掳 num. 1., 3 y 4; que involucrar铆a a la senadora Mar铆a Eugenia Bajac de Penner, en calidad de autora (art. 29 inc. 1 del c贸digo penal).
Desafuero
La agente fiscal tambi茅n requiri贸 al Juzgado de Garant铆as la aplicaci贸n del mecanismo de desafuero, notificaci贸n del acta de imputaci贸n, solicitar desafuero y requerir aplicaci贸n de arresto domiciliario.-