La Dirección General de Migraciones recuerda que la disposición de CIERRE TOTAL DE FRONTERAS se extiende hasta el 12 de abril de 2020, en virtud a lo establecido por la Presidencia de la República del Paraguay mediante el Decreto N° 3490, emitido en fecha 28/03/20 “Por el cual se modifica el Artículo 1° del Decreto N° 3478/2020, en relación al aislamiento preventivo general establecido a partir del 29 de marzo de 2020 hasta el 12 de abril de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria declarada en el territorio nacional (COVID-19) y se amplía el Artículo 2° del citado Decreto.”
Asimismo, se reitera que sigue vigente la CANCELACIÓN DE VUELOS DE AERONAVES COMERCIALES Y PRIVADAS QUE PROVENGAN DEL EXTERIOR hasta la fecha señalada en el citado Decreto. No obstante, esta disposición no afecta a los aviones de servicios de carga, a fin de evitar el corte del suministro de bienes y mercancías en general, alimentos, insumos y material médico empleados en la campaña para combatir la pandemia del Coronavirus COVID-19. Tampoco afecta la circulación de las aeronaves que presten servicios médicos, de auxilio y socorro, así como las de países extranjeros que pretendan repatriar a sus connacionales durante la vigencia de esta medida.
En lo que respecta a la situación de los connacionales que todavía se encuentran en el exterior y tienen intención de retornar al país, el Gobierno Nacional seguirá articulando los mecanismos necesarios para la asistencia y repatriación gradual de los mismos, mediante el trabajo de las instituciones intervinientes en la materia, bajo la coordinación del Consejo de Defensa Nacional (CODENA) dependiente de la Presidencia de la República.