Mediante la Resolución General N° 123/2022, la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) anunció nuevas directrices para el cálculo de los anticipos a los cuales se encuentran obligados los contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial Régimen General (IRE RG), e IRE Simple, a partir del año 2023 en adelante.
“Los contribuyentes del IRE RG e IRE Simple deberán realizar pagos a cuenta del Impuesto del ejercicio en curso tomando como base el promedio del Impuesto a la Renta liquidado en los últimos tres (3) ejercicios fiscales incluido el que se declara, siempre que el monto resultante sea superior a diez millones de guaraníes y la cuota de cada anticipo será equivalente al veinticinco por ciento (25%) del resultado de dicho promedio”, explica el comunicado de la cartera.
Además de estos lineamientos, la SET informa que también se aprobaron las nuevas versiones de los Formularios de Declaración Jurada del IRE RG e IRE Simple: el Formulario N° 500 versión 03 y 501 versión 02.
El Formulario N° 500 versión 03 debe se utilizado por los contribuyentes del IRE RG con cierre del ejercicio fiscal al 31 de diciembre de este año y a partir de ejercicio fiscal 2023 por aquellos contribuyentes con cierre del ejercicio fiscal al 30 de abril o 30 de junio. Por otro lado, el Formulario N° 501 Versión 02, será utilizado para la liquidación del IRE Simple correspondiente al ejercicio fiscal 2022 en adelante.