La Fiscalía de Medio Ambiente se constituyó ayer en focos de incendios a fin de relevar datos sobre las circunstancias del origen, en los tramos de Ypacaraí, Luque y San Bernardino.
El fiscal adjunto Augusto Salas se constituyó hasta las zonas referidas, entre ellos en un establecimiento privado hasta donde también llegaron el cuerpo de bomberos voluntarios, efectivos de la Policía Nacional y una ambulancia.
No se registran heridos, y luego de varias horas el fuego fue controlado por los bomberos voluntarios. Se recuerda la Ley 4014/10: Queda prohibida la quema no controlada de pastizales, bosques, matorrales, barbecho, campos naturales, aserrín, o cualquier otro cereal, de leguminosas, o tipo de material orgánico inflamable, que pudiera generar cualquiera de los incendios definidos en la presente ley, 4014/10.
La Ley 716/96 que sanciona delitos contra el medio ambiente establece que:
Artículo 4°.- Serán sancionados con penitenciaría de tres a ocho años y multa de 500 (quinientos) a 2.000 (dos mil) jornales mínimos legales para actividades diversas no especificadas:
a) Los que realicen tala o quema de bosques o formaciones vegetales que perjudiquen gravemente el ecosistema.