La medida dispuesta establece que se extiende el plazo para el control de documentaciones necesarias para circular en vehículos, hasta el 30 de setiembre en todos los puntos del país, en el marco de la pandemia.
La disposición de la Patrulla Caminera dispone la consideración temporal para la aplicación de sanciones a conductores que porten documentos vencidos. Documentos como: licencia de conducir, habilitación municipal, habilitación de la Dirección Nacional de Transporte (Dinatrán) y chapa provisoria, si se encuentran vencidos, los conductores no podrán ser multados durante el plazo dispuesto.
“A nadie se va a controlar los documentos, es un nuevo plazo de gracia y nadie debería ser multado por tener el documento vencido”, mencionó la jefa de Relaciones Públicas de la Patrulla Caminera Clara Alvarenga. Explicó que en caso de que algún ciudadano sea multado, este puede comunicarse a la línea baja 584 357 a realizar su reclamo durante el horario de oficina.
Según Patrulla Caminera estas determinaciones se deben a fin de evitar el brote masivo del virus.