La Cámara de Senadores sancionó en particular al proyecto de ley que incorpora al Código Penal el hecho punible de sicariato y establece una pena de hasta 30 años de cárcel, castiga tanto a los ejecutores como a quienes promueven y participan del crimen. La medida será remitida a la Cámara de Diputados para su estudio.
Con 26 votos, los senadores aprobaron el proyecto de ley que modifica el artículo 105 del Código Penal, estableciendo el artículo 15, para caracterizar el delito de sicariato, especificando que se trata de: “El que cumpliendo orden, encargo o acuerdo matará a otro por lucro, recompensa, promesa, reconocimiento o cualquier beneficio para sí o un tercero, será castigado con pena privativa de libertad de 15 a 30 años”.
En Paraguay, el sicariato además de ser uno de los delitos donde se percibe la mayor cifra de muertes dentro de la violencia, también refleja el mayor número de casos no resueltos; lo cual revela el nivel de impunidad existente.