Hoy, el Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia emitió una resolución que dispone la realización de todas las audiencias penales a través de medios telemáticos. La disposición se da luego de que se hayan registrado casos positivos de coronavirus en las penitenciarías del país.
Ante la declaración de estado de emergencia en todo el territorio de la República del Paraguay, ocasionada por la pandemia de la COVID-19, la Corte Suprema de Justicia aprobó las Acordadas 1366, 1370, 1373 , 1381 y la 1411, así como varias resoluciones en las que se reglamenta el funcionamiento del Poder Judicial durante el periodo de aislamiento social y, teniendo en cuenta la vigencia de la cuarentena inteligente y la reanudación progresiva de las actividades en la Capital y en todas Circunscripciones Judiciales del país.
Por tanto, “se ha realizado un minucioso estudio de las formas más efectivas de mitigación del riesgo de contagio, conforme a las recomendaciones recibidas del Ministerio de Salud y Bienestar Social”, reza parte de lo resuelto. Así, se dispuso la realización de todas las audiencias penales a través de medios telemáticos, cuando las mismas deban ser sustanciadas con personas privadas de su libertad en centros penitenciarios que cuenten con casos positivos confirmados de COVID-19.
De acuerdo al informe del Ministerio de Salud del día 29 de julio de 2020, sobre los casos positivos de COVID-19 dentro de las penitenciarías nacionales a lo largo de la República, en especial, en la penitenciaría nacional de Tacumbú, y, la Corte dio cumplimiento a las recomendaciones de proteger la salud de magistrados, funcionarios y usuarios de justicia, “es necesario adoptar también mecanismos idóneos a fin de garantizar el respeto al ejercicio de los derechos por parte de los justiciables, así como la atención de casos de emergencia que requieran asistencia inmediata; por lo que en el ejercicio de su potestad de Superintendencia corresponde a la Corte Suprema de Justicia, dictar las resoluciones que sean necesarias para el cumplimiento de las finalidades asignadas por la Constitución de la República al Poder Judicial”, detalla el documento.