La Dirección Nacional de Transporte (Dinatrán) dio a conocer que el Poder Ejecutivo emitió el decreto donde establecen los valores del costo operativo referencial del flete.
El director de la Dirección Nacional de Transporte, Juan José Vidal, mencionó que este nuevo acuerdo surge tras varias negociaciones entre los sectores de transporte de cargas y las empresas que utilizan los servicios de fletes: “Es la primera vez que en nuestro país se regula el costo del flete, porque esto hay que entender que la tabla con precios referenciales es en los costos, no en el precio. Esto significa que no está incluido el porcentaje de ganancia de los transportistas, porque eso ya va a ser una negociación privada entre ellos y quien les contrate”.
El decreto Nº 6.943 promulgada por el presidente de la República, instauran los valores del costo operativo referencial del flete para vehículos afectados al servicio de transporte de cargas de granos oleaginosos y aceite de origen vegetal, conformadas por tractocamión y semirremolque.
A partir de ahora, con la nueva medida, en caso que no se cumpla con la nueva promulgación, se deberá rendir cuentas ante la SET.
Recordemos también que, el importe del cargamento es una de las principales causantes que suelen afectar a los reajustes de los precios de los combustibles.