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Las DDJJ son públicas, según fallo de la Corte

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En un histórico fallo, la Sala Constitucional ampliada, rechazó la acción de inconstitucionalidad promovida por la Contraloría General de la República en contra de los fallos que le obligan a proporcionar las declaraciones juradas de las autoridades electas y funcionarios públicos entre 1998 y 2017.

Según indicaron los ministros, las DDJJ son públicas, y como tales, es de libre acceso para la ciudadanía, lo que deja un precedente de la propia Corte Suprema que se constituyó en Sala Constitucional.

La resolución se dio dentro del marco del amparo promovido por el periodista Juan Carlos Lezcano, junto con el Instituto de Derecho y Economía Ambiental (IDEA) contra la Contraloría para acceder a la información pública que le fue negada.

La CGR atacó la acordada Ley 1005/14, que dice que a través del amparo se debe pedir la información pública en caso de ser denegada.

La Sala Constitucional ampliada estuvo conformada por el titular de la Corte, Alberto Martínez Simón, y los ministros Eugenio Jiménez, Manuel Ramírez y Carolina Llanes. Además, los camaristas Óscar Paiva, Valentina Núñez, Marcos Riera, Guido Cocco y María M. Buongermini.

Con la resolución, la CGR tiene 60 días para dar los datos al accionante. Según IDEA, la Contraloría debe publicar en su página web.

“Es vital para evaluar la honestidad de los que tienen la obligación de administrar los bienes”, dijo Manuel Ramírez Candia, ministro de la Corte.

“La soberanía reside en el pueblo, quien por el sufragio elige a sus representantes que deben rendir cuentas”, afirmó Carolina Llanes, ministra de la Corte.

Los votos de los integrantes de la Sala Constitucional
A favor de la publicidad de las DDJJ
Alberto Martínez S., presidente de la Corte
Manuel Ramírez Candia, ministro de la CSJ
Eugenio Jiménez Rolón, ministro de la CSJ
María Carolina Llanes, ministra de la CSJ
Valentina Núñez, camarista
Óscar Paiva Valdovinos, camarista
María Mercedes Boungermini, camarista.

En contra de la publicidad de las DDJJ
Guido Cocco, camarista
Voto por la admisión parcial de la acción.
Marcos Riera Hunter (votó por admitir parcialmente la inconstitucionalidad de la CGR. Dijo estar a favor de anular los fallos en la parte donde se ordena suministrar los datos de los cónyuges e hijos menores).

Fuente: CSJ

 

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