La Corte Suprema de Justicia, a través de la Presidencia presentó a la Cámara de Senadores un anteproyecto de Ley para suspender la feria judicial del año 2021.
Dicho anteproyecto se funda en el retraso que genera la presente pandemia del COVID 19 (Coronavirus) en el normal desarrollo de los juicios que tramitan ante el Poder Judicial y en su actividad administrativa.
Es intención de la Corte Suprema de Justicia que el anteproyecto se convierta en Ley, a fin de paliar, en cierta manera, el atraso antes mencionado y revertir las consecuencias perniciosas que produce la actual situación sanitaria especialmente en los justiciables en primer lugar, y en los profesionales abogados, en segundo lugar.
Texto del anteproyecto de Ley
LEY N°
POR LA CUAL SE SUSPENDE LA FERIA JUDICIAL DEL AÑO 2021
Exposición de motivos
En vista a la extendida suspensión de actividades judiciales generada por la pandemia del COVID-19 en el Paraguay, lo que ha generado una importante ralentización del ritmo normal de los procesos judiciales y administrativos del Poder Judicial durante el año 2020, se torna necesario redoblar los esfuerzos para recuperar en la brevedad posible la prosecución regular de los juicios y demás actividades administrativas del Poder Judicial de nuestro país.
El art. 362 del Código de Organización Judicial dispone: Se establece el mes de enero como feria judicial.
Corresponde, en consecuencia, suspender la feria judicial del año 2021, a fin de atenuar los efectos de la epidemia del COVID-19 en el ámbito del Poder Judicial.
LEY N°
POR LA CUAL SE SUSPENDE LA FERIA JUDICIAL DEL AÑO 2021
LA HONORABLE CÁMARA DE …………… DE LA NACIÓN PARAGUAYA
SANCIONA
Art. 1º.- Suspéndase la FERIA JUDICIAL establecida del art. 362 del Código de Organización Judicial en el mes de enero del año 2021.
Art. 2º.- La Corte Suprema de Justicia queda facultada para reglamentar la presente Ley.
Art. 3°. – Comuníquese al Poder ejecutivo.
Art. 4°. – De forma.